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Read Ebook: El libro rojo 1520-1867 Tomo II by Martinez De La Torre Rafael Mateos Juan A Juan Antonio Payno Manuel Riva Palacio Vicente

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Ebook has 1936 lines and 101827 words, and 39 pages

Habi?ndose hecho inmediatamente comparecer ? Aldama, puesto ante su se?or?a con un semblante modesto y compasivo, tir? la vista hacia todos, y con un tierno suspiro, dijo: se?or; ya ha llegado el d?a de decir las verdades; y compungido con l?grimas del coraz?n, signific? que la fragilidad y la miseria humana lo hab?an conducido ? tan horrendo sacrificio, estimulado de su necesidad, ya violentado y estrechado de sus acreedores, ya de sus escaseces, tan extraordinarias, y ya de lo principal, que fu? su triste y desgraciada suerte; y pues para Dios no hab?a cosa oculta, y era su voluntad pagase sus atroces delitos, estaba pronto ? declarar cuanto ocurri? en el caso.

Inmediatamente mand? su se?or?a que los capitanes de esta real sala fuesen ? sacar los machetes y reloj, que expres? Aldama haber echado Blanco en el ca?o referido.

En virtud de orden de su se?or?a se mand? por Blanco ? la Acordada, quien hasta esta hora lleg?, y estando presente ante su se?or?a, previo el mismo juramento, se le hizo cargo de sus delitos, quien sin embargo de haberle puesto todo el cuerpo del delito de manifiesto, neg?, diciendo no saber de tal cosa ni haber incurrido en semejante atrocidad; que si lo cre?a su se?or?a de ?l; que si fuera cierto lo confesara, como hab?a confesado en la Acordada cuando rob? ? su amo: en esto se mantuvo hasta cerca de las once de la noche que se mand? retirar, sin embargo de los foert?simos cargos y convencimientos que se le hicieron.

Al siguiente d?a viernes se hizo comparecer ? Quintero, en virtud de la discordancia que hubo entre ?l y Aldama, sobre haber sugerido ?ste ? aqu?l, y aqu?l ? ?ste, y estando puestos rostro ? rostro, previo su juramento, se les hizo cargo de las discordancias de sus deposiciones en esta materia, y de los homicidios; ? que contest? Quintero: que era cierto que ?l hab?a sugerido y propuesto el pensamiento ? Aldama: que era cierto cuanto dec?a, y que ?l tambi?n mat? al igual de todos, y dudoso sobre si ?l hab?a propuesto primero el pensamiento ? Blanco y Aldama; que quer?a disponerse, para lo cual quer?a tambi?n padres de San Fernando, lo que se le cumpli?.

A este acto se hizo comparecer ? Blanco, y puesto rostro ? rostro, se le hizo cargo de su negativa, quien ratific?ndose en ella, lo comenzaron ? persuadir dijese la verdad, que perd?a tiempo, el que era muy precioso: que qu? ten?a que negar ? una cosa tan palpable como aquella: que no hab?a de tener m?s resistencia que ambos, y vi?ndose convencidos declararon la verdad: que viera sus mismas medias ensangrentadas, con que le hac?an cargo: que de todos modos hab?a de ser lo mismo; con otras muchas expresiones de esta naturaleza, sin embargo de las cuales insisti? en su negativa. Recib?dole declaraci?n ? la t?a de Blanco, sobre con qu? medias hab?a salido de su casa, expres? que con unas de color de gris, que son las mismas ensangrentadas; y habi?ndose hecho comparecer ? ?sta, luego que se le puso delante, dijo: No es necesario, todo es cierto: yo los acompa?? y comet? los mismos delitos, y me remito en todo ? la declaraci?n de Aldama. Que le trajeran padres, que quer?a confesarse y disponerse, lo que tambi?n se le cumpli?; y todos un?nimes y conformes reconocieron las armas que se les pusieron delante, y dijeron ser las mismas que fueron la destrucci?n de todos; con lo que se suspendi? el acto de la diligencia.

En la misma tarde, como ? las cuatro, hubo acuerdo extraordinario, con asistencia de los se?ores regente y fiscal, que dur? hasta despu?s de las once de la noche, en el que se determin? se recibiese ? prueba por tres d?as, en los cuales se ratificaron los reos y los testigos sumarios; se entregasen los autos dentro del oficio al Lic. D. Manuel Navamuel, ? quien se nombr? defensor por veinte horas, y concluidas se pasasen al relator.

En la misma hora se hicieron las citaciones correspondientes, y al d?a siguiente se comenzaron ? ratificar los testigos, y como ? las diez y media los reos respectivamente, en que a?adi? Blanco que Quintero lo hab?a seducido, y Quintero se mantuvo en su duda anterior.

El lunes 2 de Noviembre produjeron los reos sus pruebas sobre la identificaci?n de sus ejecutorias de nobleza, con tres testigos cada uno.

El mismo d?a se present? escrito por el defensor, sobre que le permitiese ver los autos en su casa, ? lo que habi?ndose accedido, ratificados los cuarenta y seis testigos, se le pasaron los autos por el capell?n Elizalde, el mismo lunes ? las nueve y media de la noche en que se cumplieron los tres d?as, y le empezaban sus veinte horas. El martes ? las siete y media, que se le cumplieron, pas? dicho Elizalde por ellos y los condujo al relator por s?lo aquella noche.

En este estado declar? Aldama en descargo de su conciencia, que la muerte que se le acumulaba, y por la que hab?a estado preso en la Acordada, de un mulato, criado de Samper, era cierta, y que ?l la hab?a hecho por robarle dos mil pesos de su amo, los que en efecto le quit?, al que arrastr? y ech? en una cueva de mina vieja, yendo ?l mismo al reconocimiento del cad?ver cuando le dieron la denuncia, como teniente general que era de aquella jurisdicci?n de Cuautla de Amilpas.

Y Quintero expres? haber hecho una muerte en Campeche ? un pasajero, ? quien le rob? seiscientos pesos, lo que tambi?n declar? en descargo de su conciencia.

A las ocho de la ma?ana del d?a mi?rcoles se comenz? ? relatar la causa y se sigui? ? la tarde, con asistencia del se?or regente, el se?or fiscal y los reos, cuya relaci?n se concluy? despu?s de la oraci?n, finalizando el relator Echeverr?a con las causas de Aldama y Quintero, de que se le hizo cargo y vinieron de la Acordada.

Relatada la de Blanco, result? que el a?o de 87 se proces? en aquel tribunal por cinco robos que ejecut? en compa??a de D. Juan Aguirre su paisano y cajero que fu? de la vinater?a de D. Manuel Pineda, en la casa de Azcoitia, donde serv?a tambi?n de cajero dicho reo, extray?ndole m?s de tres mil pesos, y cinco que hizo en Guanajuato, en la tienda de su amo Alem?n; el uno de varias ropas y los otros dos de reales hasta seiscientos pesos, lo que result? justificado, por lo que fueron condenados ? ocho a?os de presidio en Puerto Rico, y que de all? fuesen conducidos bajo partida de registro, ? la casa de contrataci?n de C?diz, de donde se dirigieran ? los lugares de su origen: que indultado ?ste por el Excmo. Sr. Flores, se vino ? esta ciudad desde San Juan de Ul?a, donde desert?.

Por el expediente pasado, con oficio de 2 del corriente, por el Excmo. Sr. virrey, se advierte hallarse Quintero, por decreto de la misma fecha, declarado no gozar fuero alguno de guerra, cuya declaraci?n fu? expedida de resultas de la instancia que en el superior gobierno segu?a sobre goce y restituci?n del fuero militar, de que se hab?a antes despojado, por la causa que se le sigui? en la Acordada, ? querella de la viuda de su primo, quien le imputaba haberle extra?do como cuatro mil pesos, en la que tuvo absoluci?n de la instancia en 13 de Mayo ?ltimo, y fu? puesto en libertad con reserva de su derecho.

Despu?s de dicha relaci?n inform? el abogado de los reos muy sucintamente, en que pidi? que conociendo los graves delitos de los reos, ya que en el estado presente por lo mismo eran dignos de compasi?n, se mirasen con piedad y se les aplicase la muerte con atenci?n ? las circunstancias de su nacimiento, fundando la menos culpa y complicidad de Blanco, por lo que, y por su menor edad, era digno de m?s indulgencia.

Despu?s sigui? el se?or fiscal, quien sin embargo de no haberle pasado los autos ni tener m?s instrucci?n de ellos que la relaci?n que se hizo por el relator, hizo una oraci?n de las m?s prolijas y exquisitas, en la que concluy? pidiendo, que respecto ? los extraordinarios delitos de los reos, ? su gravedad y circunstancias, merec?an extraordinarias penas y un castigo ejemplar, por los cuales hab?an perdido el goce y fuero de sus privilegios; pero atendiendo ? ciertas leyes y ? la probanza que de su nobleza hab?an dado, condescend?a <>

Por ser ya las ocho de la noche no se vot?, y se reserv? para el jueves siguiente, en el que se pronunci? la sentencia, que relativamente es la siguiente: <> De la que dada parte ? S. E. ? las doce de este d?a, en su consecuencia pas? el escribano Lucero ? la primera pieza del entresuelo de la c?rcel, y haci?ndolos traer ? su presencia se las hizo saber y notific?: quienes postrados de rodillas la obedecieron conformes, y asistidos de los padres fernandinos y del rector de las c?rceles Br. D. Agust?n Montejano, pasaron ? la capilla, quien les hizo las mayores exhortaciones de consuelo y conformidad, y postrados ante el altar hicieron una deprecaci?n la m?s tierna y lastimosa, de donde tomaron sus respectivos lugares, que abrigaron con biombos.

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